La tradición indica que en 462 a.n.E. el tribuno Cayo Terentilio Arsa, a través de la Lex Terentilia, propuso la formación de una comisión de cinco personas (quinqueviros) con la finalidad de elaborar leyes sobre la limitación de los poderes de los pretores y las atribuciones consulares. A través de su presencia se quería acabar con el abuso de los magistrados patricios y redactar por escrito las leyes. En 451-450 a.n.E. se eligen los decenviros investidos de la potestad consular y, de inmediato, se encargan de redactar las leyes. En tal sentido, cónsules y tribunos de la plebe renuncian a sus funciones para otorgárselas a los decenviros. En un principio, concentran todas las magistraturas, poseyendo plenos poderes, sin que sus decisiones fuesen apelables. Los dos colegios que existieron, desde 451 a 449 a.n.E., resultaron ser, finalmente, un inútil intento por sustituir a los cónsules por un un colegio múltiple. Su aparición como magistratura temporal y extraordinaria fue provocada por el deseo de compilar el derecho consuetudinario y sustituirlo por un derecho escrito. La intención era, entonces, hacer igualitario el derecho para todos los ciudadanos a través de las XII Tablas. Con ellos se seculariza, en definitiva, el derecho: se pasa de la ley divina (fas) al ius.
Prof. Dr. Julio López Saco
Doctorado en Historia, UCV
Centro de Investigación filosófica y humanística, UCAB
Estimado Don Julio, ante nada felicidades por la publicación de su más reciente libro. Comparto contigo un premio que le dieron a mi blog, para verlo entra en:http://crsacoletras.blogspot.com/2011/07/recibimos-nuestro-primer-premio.html
ResponderEliminarGracias hombre. Enhorabuena por el premio, lo cual dice mucho de la calidad del blog. Saludos. J.
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