Los códigos
de leyes mesopotámicos (o recopilaciones legislativas), escritos en cuneiforme,
corresponden al género literario de las inscripciones reales, en tanto que los
textos presentaban un contenido referido a hacer un señalamiento apologético
del soberano, proclamando sus diversas virtudes, entre las que se encontraba,
desde luego, la de administrar justicia. Tales códigos contaban, en primer
lugar, con un prólogo, en el que el rey, como responsable directo de la
redacción, rememoraba las circunstancias en las que las deidades lo había
escogido como soberano, y donde describía, pormenorizadamente, sus cualidades y
logros como monarca; seguidamente seguía el cuerpo de leyes propiamente dicho
y, finalmente, un epílogo, en el que se vertían maldiciones contra los osados
que quisieran alterar el contenido del texto. Con estos códigos, los soberanos
no tuvieron la pretensión de legislar; en realidad, la intención era demostrar
que durante su reinado se cumplían las leyes, esencialmente porque tenían la
capacidad de hacerlas cumplir. Así pues, de los códigos no emanaba la ley. Es
probable que, en virtud de su carácter descriptivo, pudiesen haber servido a
los jueces, en ciertos casos, como libros de consulta en los que encontrar un
precedente útil en aquellos casos más complejos. Los principales códigos fueron
entre otros, las Leyes de Ur-Namma, en sumerio, las Leyes de Esnunna y las
Leyes Neobabilónicas en acadio, y las Leyes Hititas, en lengua hitita.
Con los
edictos, por lo contrario, se quería
intervenir con una serie de medidas en la realidad cotidiana. En ellos se
fijaban algunos cambios administrativos y se buscaba proteger a los sectores de
la población más desasistidos. Promulgar un edicto era una muy efectiva forma
de impartir justicia, que ejercía el monarca al comienzo de su mandato. En
ocasiones, los edictos se recordaban en las inscripciones reales, pues eran
considerados obras significativas por las que un rey debería ser recordado y
reconocido. Se destacaron especialmente, las Reforma de Urukagina.
Prof. Dr. Julio López Saco
Escuela de Historia y Doctorado en Historia, UCV
Escuela de Letras, UCAB